23 de noviembre

Deportes

Gobierno
Coronavirus

Se habilitaron las actividades deportivas para menores de 12 años

Es a partir de este sábado 31 de octubre. También fueron habilitadas la pesca y las actividades náuticas recreativas. El horario autorizado es de 7 a 19 horas.

A partir de las nuevas disposiciones del Gobierno de la Provincia de Santa Fe, desde el sábado 31 de octubre quedaron habilitadas en la ciudad de Rosario las actividades deportivas para menores de 12 años; la pesca y las actividades náuticas recreativas.

 

Actividades deportivas para menores

Mediante el decreto N° 1227, el gobierno provincial habilitó, desde las 0 horas del 31 de octubre, la práctica de actividades deportivas individuales para los menores de 12 años, con o sin interacción con oponentes, sin contacto físico en este último caso. La norma incluye también a las actividades de entrenamiento individual. Todas estas actividades podrán realizarse de 7 a 19 horas.

La habilitación comprende las disciplinas: deportes individuales (atletismo -excluidas las postas-, equitación, arquería, BMX, running, ciclismo, canotaje, remo y kayak individual, gimnasia artística y con aparatos, patín artístico, etc.); deportes individuales en interacción con oponentes (tenis, pelota a paleta, tenis con paleta o criollo, fútbol tenis, tenis de mesa, pádel) y actividades de entrenamiento individual para otras disciplinas (judo, artes marciales, etc.).

Cabe mencionar que, en caso que las actividades involucren la utilización de infraestructura de clubes, centros o complejos deportivos o similares, deberán observarse en su desarrollo las normas del protocolo aprobado por el Ministerio de Salud de la Nación y las áreas competentes de cada municipio.

Pesca y actividades náuticas

Por su parte, a través del decreto N° 1186 del gobierno santafesino, se habilitó desde las 0 horas del 31 de octubre la pesca y las actividades náuticas recreativas en las localidades de los departamentos Rosario, La Capital, General López, Caseros, Constitución, San Lorenzo, Las Colonias y Castellanos.

La norma permite la pesca deportiva y recreativa en la modalidad desde costa y embarcados y la navegación recreativa; en ambos casos, con un 50% de la capacidad del transporte o menor de no garantizarse el distanciamiento social.

La normativa también habilita «actividades de los clubes deportivos vinculados a las actividades» mencionadas anteriormente; y de «guarderías náuticas, a los fines del retiro y depósito de las embarcaciones; previa presentación de los protocolos sanitarios correspondientes ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social».

Para realizar la actividad, los tripulantes deberán comunicarse previamente con las guarderías para pedir turno. Todas estas actividades podrán realizarse de 7 a 19 horas; y no podrán "significar la actividad grupal de varias embarcaciones o reuniones sociales, en las mismas, las que continúan suspendidas incluso al aire libre».